Por Juan Carlos Garzón Barreto
Profesor de Comunicación Social y Periodismo de la Universidad
Distrital Francisco José de Caldas. Abogado especialista en Regulación de
Comunicaciones y Medios. Doctorando en Derecho de la Universidad Externado de
Colombia. Tomado de UN Periódico Digital
El Congreso aprobó la Ley que pretende modernizar el sector TIC, crear
un regulador único, lograr conectividad para 20 millones de colombianos y
cerrar la brecha digital, mediante incentivos para el sector de las
telecomunicaciones.
El trámite del legislativo no pudo ser más infortunado. Un mes antes de
su aprobación, un número considerable de congresistas manifestó su conflicto de
interés porque sus partidos o campañas recibieron financiación con recursos del
sector de las TIC. Así mismo, la ministra del Interior se manifestó impedida
por haber sido presidenta del gremio privado de telefonía celular (Asocel), y
la ministra del MinTic fue recusada por haberse desempeñado como empleada de
Apple Colombia SAS y Facebook, y como miembro del Comité Regulatorio de la
Cámara Colombiana de Informática y Telecomunicaciones (CCIT).
La versión final de la Ley TIC no ha sido divulgada, pero los artículos
aprobados permiten hacer un balance y análisis sobre algunos aspectos
relevantes.
Con respecto al balance se pueden mencionar algunos aspectos
esenciales, como por ejemplo que la Ley suprime la Autoridad Nacional de
Televisión (ANTV) y redistribuye funciones a la Superintendencia de Industria y
Comercio (SIC), al Ministerio de Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones (MinTIC), a la Agencia Nacional de Espectro (ANE) y a la
Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC).
De esta manera, el MinTIC se convierte en el superministerio de la
Televisión, al asumir las funciones de la ANTV: asignación del espectro
radioeléctrico; inspección, vigilancia y control; reglamentación de las
concesiones, los contratos de espacios y de cesión de derechos; los requisitos
de las licitaciones, contratos y licencias de televisión; y el régimen
sancionatorio para los concesionarios, operadores y contratistas.
Así mismo esta cartera asume otras funciones, como la fijación de las
tarifas, tasas y derechos de las concesiones; la asignación de las concesiones
de televisión; la adjudicación y celebración de los contratos de concesión de
espacios; la aprobación y suscripción de los contratos de concesión de RTVC
(sistema de medios públicos) y la reglamentación para los concesionarios de
espacios y contratistas de la televisión regional. Precisamente en este último
punto establece las condiciones para que canales regionales de frontera puedan
asociarse, y reglamenta la televisión étnica.
La Ley también autoriza un régimen y un mercado liberalizado de cesión
del espectro a 20 años, que riñe con lo ordenado por el precedente
constitucional sobre pluralismo y competencia (sentencias T-081 de 1993, C-151
de 2004 y C-423 de 1995) y establece plazo de 20 años prorrogables para los
contratos de concesión de espacios de televisión del Canal Uno.
Por otro lado, la normativa aprobada suprime el Fondo para el
Desarrollo de la Televisión y los Contenidos (FONTV), de la ANTV –que
entre 2015 y 2018 recaudó 970.000 millones de pesos por ingresos corrientes–, y
traslada sus recursos al Fondo Único de Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones, que será administrado por el MinTIC. Además estos recursos se
destinarán a proyectos de gobierno y transformación digital, sin que se haya
definido una política de Estado frente a las tecnologías de la Cuarta
Revolución Industrial, como los big data.
Un aspecto que tampoco atendió la Ley TIC fue la recomendación del
Departamento Nacional de Planeación para ocuparse de las llamadas OTT
(transmisión de contenidos audiovisuales por internet), pues “estos actores
internacionales se encuentran por fuera de la legislación colombiana, están
generando retos adicionales en materia regulatoria, institucional y de
políticas públicas”. Por eso no estableció cuota mínima de emisión por
internet por demanda ni de contenidos de producción nacional en el territorio
colombiano.
Y un último elemento con respecto al balance es que la propuesta de
conectividad del MinTIC es financieramente inviable. La jefe de la cartera,
Sylvia Cristina Constaín Rengifo, afirmó que cerrar la brecha digital cuesta 93
billones de pesos, pero también recién aprobado Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022
destinará apenas unos 20 billones para TIC. La conectividad para 20 millones de
colombianos es un espejismo porque una cosa es tender redes y otra distinta es
financiar la adquisición de terminales y el suministro de datos para el acceso
ciudadano a la red.
En suma, con la Ley TIC el país no contará con un regulador convergente
único e independiente como lo recomendaron la Organización para la
Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), la Unesco y la Relatoría para la
Libertad de Expresión de la Organización de Estados Americanos; por el
contrario, el MinTIC se queda con las funciones de control estratégico de la
televisión y con los fondos públicos, mientras las demás competencias se
reparten entre otras entidades del Ejecutivo.
Con decisiones de corte intervencionista, el Estado de Colombia crea un
mercado de conectividad para el sector de las telecomunicaciones mediante la
liberalización tanto del espectro como de estas, además de la adopción de un
régimen de habilitación general que disminuye las contraprestaciones
económicas, recibe en servicios el pago de obligaciones con el Estado y dispone
el acceso favorable de los privados a la contratación pública de las TIC.
En contraste, el Ejecutivo y el Legislativo castigan con el modelo de
la mano invisible a la industria nacional de los medios audiovisuales,
digitales e impresos, mientras los profesionales de la comunicación afrontan
una severa crisis de desconectividad con el mundo del trabajo decente.
EmoticonEmoticon